El Artículo 20
junio 16, 2008 at 5:33 pm Deja un comentario
La Constitución del 78 ha traído avances importantes a nuestra sociedad. Pero hay uno del cual no se suele hablar que representa claramente los tiempos pasados. Afirmar que políticos o jueces gozan de inviolabilidad en el ejercicio de sus funciones quizás no sorprenda; aunque si hablamos de la inviolabilidad del domicilio tampoco será motivo de sorpresa a no ser que recordemos que hasta hace muy poco tiempo, nuestro hogar, lugar donde la familia goza las vivencias más íntimas, podía ser asaltado sin permiso por cualquier autoridad que merodease a nuestro alrededor.
La libertad de expresión, ha sido otro avance que ha permitido que aquellos censores impolutos pasaran a engrosar la lista del paro. La reciente Sentencia del Juzgado de lo Penal Nº 6 de Madrid, donde el imputado D. FEDERICO JIMENEZ LOSANTOS ha sido condenado a pagar una multa de 100 euros diarios durante 12 meses, ha puesto de manifiesto que después de treinta años de aprobar la Constitución no sabemos que es, expresarnos con libertad.
La Sentencia recoge en sus “Hechos Probados” como el locutor de radio respondió con dureza a la entrevista que D. ALBERTO RUIZ-GALLARDON JIMENEZ prestó al grupo Vocento, en un acto convocado por el Diario ABC. La dureza de los comentarios radiofónicos provocó la querella, y lejos de amilanarse, el conductor del programa de la COPE continúo persistentemente en su empeño ofensivo.
El Sr. JIMENEZ LOSANTOS, es uno de esos personajes que provocan sentimientos dispares. Hay quien lo odia profundamente. Por el contrario, tiene infinidad de seguidores incondicionales. En este contexto, tanto la cadena que acoge dicho locutor, como el propio protagonista, debieran hacer un ejercicio de responsabilidad y no buscar amparo en la reconocida libertad de expresión, cuando el mismo artículo constitucional que la legaliza prevé límites al mencionado derecho. El honor y la propia imagen, en definitiva el respeto a los demás, es un valor individual tan elemental que debería adquirirse por educación y no por reglamentación jurídica.
Ahora la cadena de Radio Popular, S.A. Cadenas de Ondas Populares (COPE), a pesar de su comunicado oficial defendiendo a capa y espada a su empleado, tiene una oportunidad de oro. Rectificar su actitud de enfrentamiento hacía una gran parte de esta sociedad y convertir su poder mediático en una entidad constructiva, una entidad donde la información sea una descripción de los hechos ocurridos, las opiniones busquen valorar situaciones, y los debates sirvan para resolver problemas, mejorar nuestra sociedad, y señalar aquellos abusos que los ciudadanos desconocemos.
Para ofrecer una información veraz e imparcial, no es obligatorio el empleo de un vocabulario burlón. Para informar con seriedad, las formas son tan, o más, importantes como el fondo de la noticia.
Por suerte, la inviolabilidad del domicilio, aquel derecho adquirido y del que nadie se acuerda, sigue siendo un concepto virgen. Nadie tiene interés en malversar su significado, y por el momento podemos disfrutar de la intimidad del hogar entre los nuestros. Desgraciadamente la libertad de expresión, no es sólo un derecho, es un poder al servicio de los medios de comunicación que pretenden violar para que sirva a sus intereses.
Trackback este articulo | Suscríbete a los comentarios vía RSS Feed